Decisión de la procuradora general Margarita Cabello, exministra de Justicia de Iván Duque, de suspender al alcalde de Medellín por difundir un video de seis segundos a favor de Gustavo Petro, un atentado contra la democracia.
Por Caio Teixeira y Leonardo Wexell Severo / ComunicaSul
“Golpe de Estado en Medellín”, denunció el líder opositor Gustavo Petro, candidato del Pacto Histórico que encabeza la disputa por la presidencia de Colombia, al condenar el carácter “fascista” de la destitución del alcalde de la capital antioqueña, Daniel Quintero, por la Procuraduría General de la República en la noche del martes (10).
“Un procurador fascista ya me suspendió como administrador municipal y el fallo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) fue contundente: un órgano administrativo no puede suspender los efectos del voto ciudadano”, subrayó el economista y senador Petro.
Al anunciar la suspensión provisional del administrador de la segunda ciudad colombiana por la difusión de un video de seis segundos, en vísperas de las elecciones presidenciales del próximo 29 de mayo, la titular del Ministerio Público, Margarita Cabello, abogó por que “ningún servidor público, del nivel más bajo, al más alto, pueden utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos y movimientos políticos”.
Además de Quintero, fueron destituidos el alcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado, y otros dos funcionarios por “presunta y reiterada intervención en actividades y controversias políticas”.
¿El crimen cometido? En las imágenes por las que se sanciona al alcalde, Quintero Calle, sentado al volante de un automóvil, gira la palanca de cambios y dice: “la caja de cambios” luego cambia a primera y completa “enprimera”, haciendo un juego de palabras con un eslogan de la campaña “Cambio enprimera”, que llama a los ciudadanos a garantizar la victoria de Petro en la primera vuelta.
Pero, ¿por qué el rigor en el uso y abuso de la ley? No por casualidad, Cabello, quien fue ministra de Justicia del actual presidente del país, designó a Juan Camilo Restrepo Gómez, indicado por él, para gobernar la ciudad de más de dos millones y medio de habitantes – y1.743.526 votantes – enestos decisivos momentos previos al pleito.
Gustavo Petro afirmó que "la Procuraduría General de la República no puede desconocer el mandato popular" y del mismo modo que lo hizo al denunciar la desaparición de más de medio millón de votos en las elecciones parlamentarias de marzo – enlas que, una vez comprobado el fraude, el Pacto Histórico ganó cuatro senadores más-, el candidato llamó a los colombianos a estar vigilantes y atentos para hacer cumplir la verdad y la justicia.
AFRENTA A LA DEMOCRACIA
Para la jueza federal brasileña Cláudia Dadico, “los hechos que rodearon la suspensión de Daniel Quintero afrentan a la democracia al menos en dos sentidos”. En primer lugar, aclaró, “reduciendo la amplitud de la discusión pública sobre las actividades del Estado y los rumbos de su gobierno”. “El debate sobre las acciones y omisiones del Estado es un discurso especialmente protegido de acuerdo con los parámetros internacionales de protección de los derechos humanos. Esta protección incide aún más intensamente en contextos electorales, en los que las propuestas y plataformas de los candidatos a cargos públicos se debaten en el espacio de formación de la opinión pública. Por tanto, la prohibición de manifestaciones políticas a los servidores públicos ya representa, en sí misma, una ofensa a la libertad de expresión, cimiento sobre el que descansa el edificio de las democracias liberales”, agregó.
Cláudia Dadico, jueza federal de Florianópolis, integra el Consejo de la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD)
En ese sentido, resaltó la integrante de la Asociación de Jueces para la Democracia (AJD), “el Marco Normativo para la Libertad de Expresión de la Organización de los Estados Americanos (OEA) recomienda que, ante la mayor protección otorgada al discurso de los políticos contenido, el Estado debe abstenerse con mayor rigor de establecer restricciones a estas formas de expresión, y que las entidades y funcionarios que forman parte del Estado, así como quienes aspiren a cargos públicos, por el carácter público de las funciones que desempeñan , debe tener un margen mayor de tolerancia a las críticas”.
“La segunda forma de ofensa a la democracia que se da en el caso en cuestión se refiere a la suspensión del ejercicio de un cargo provisto en virtud del voto”, señala Claudia Dadico, para quien cualquier impedimento – permanenteo temporal – alejercicio de el mandato electivo debe ser sumamente excepcional en las democracias consolidadas, y admisible sólo en casos muy bien definidos por la Constitución y las leyes. Por lo tanto, a juicio dela juez, “la suspensión del alcalde por el simple hecho de mostrar apoyo a un candidato a otro cargo electivo no puede ser considerada causa idónea para desencadenar tal efecto. Esto se debe a que los mandatos se ejercen por fuerza de la manifestación de la voluntad del pueblo. Todos y cada uno de los impedimentos indebidos a su ejercicio representan una afrenta a la voluntad popular, que no es sólo fundamento, sino expresión y finalidad misma de las democracias: permitir el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”.
“La decisión de suspender al alcalde de Medellín, en ese sentido, afrenta a la democracia en sus dos dimensiones: en la plenitud de la libertad de expresión y en la injerencia indebida en la expresión de la voluntad popular”, agregó CláudiaDadico, quien fue observadora internacional en las elecciones venezolanas.
AUTORITARISMO X PARTICIPACIÓN POPULAR
En opinión del profesor colombiano Mauricio Avilez Alvarez, doctor en Sociología Política por la Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC), “la medida demuestra la fragilidad de la construcción democrática en nuestro país y la enorme tensión entre autoritarismo y participación popular”. “En el gobierno de Iván Duque, del que fue ministra Margarita Cabello, hay una excesiva concentración de poderes en el Ejecutivo, instrumentalizando a las demás estructuras e instituciones”, agregó la activista de derechos humanos.
Para Mauricio, “esta centralización abusiva se muestra muy evidente en la sanción contra el alcalde de Medellín por el simple hecho de manifestar su preferencia por la candidatura opositora”. En definitiva, subrayó, “intenta imponerseel régimen electoral genocida, contrario a la búsqueda de la democracia y la paz”.
Según el reverendo Luis Fernando Sanmiguel, pastor de la Iglesia Comunidad Esperanza, en Bogotá, la decisión socava el proceso de paz que se está implementando en el país. “Ante la destitución del alcalde de Medellín, las Comunidades de Fe y Espiritualidades condenamos cualquier tipo de violencia política o abuso de poder, porque generan indignación y descontento en nuestra sociedad, aumentando el nivel de violencia en Colombia”, dijo Sanmiguel. Según el pastor, “politizar la función de los cargos públicos alterando la norma legal vigente genera demandas que terminan siendo cubiertas con dinero que el país necesita en otras áreas para su desarrollo”.
Como denuncian numerosos analistas, la procuradora construyó una interpretación completamente selectiva de los hechos, actuando sin credibilidad alguna, con acciones frontales contra las fuerzas de la oposición, mientras favorece abiertamente a partidos y líderes de su coalición con miras a intentar continuar con el desgobierno.
FOTOS: